Saltar al contenido
Mi situación

Buscar en MiLana

Sugerencias para empezar

CalculadorasCarrerasEstadosFinanzasInvertirEconomíaAprendeFiniquitoLiquidaciónAguinaldoISRRESICOPTUBruto a NetoVacacionesInfonavitPensión IMSSCarreras mejor pagadas en México 2026Carreras más demandadas en México 2026: qué sí mide el datoSueldos de profesionistas por estado en México 2026Carreras peor pagadas en México 2026: cómo comparar ingresosComparar carrerasCarrera y ocupaciónFinanzas, banca y segurosMedicinaDiseñoCiencias de la computaciónDerechoContabilidad y fiscalizaciónAdministración y gestión de empresasPsicologíaArquitectura y urbanismoEnfermería y cuidadosConstrucción e ingeniería civilMercadotecnia y publicidadEstado: AguascalientesEstado: Baja CaliforniaEstado: Baja California SurEstado: CampecheEstado: ChiapasEstado: ChihuahuaEstado: Ciudad de MéxicoEstado: CoahuilaEstado: ColimaEstado: DurangoEstado: Estado de MéxicoEstado: GuanajuatoEstado: GuerreroEstado: HidalgoEstado: JaliscoEstado: MichoacánEstado: MorelosEstado: NayaritEstado: Nuevo LeónEstado: OaxacaEstado: PueblaEstado: QuerétaroEstado: Quintana RooEstado: San Luis PotosíEstado: SinaloaEstado: SonoraEstado: TabascoEstado: TamaulipasEstado: TlaxcalaEstado: VeracruzEstado: YucatánEstado: ZacatecasComparar estadosCalculadora de presupuesto mensualCalculadora de fondo de emergenciaDeuda y crédito: cuánto de tu ingreso ya está comprometidoCalculadora de meta de ahorroVivienda: antes de rentar o comprarMi situación financieraInversión educativaInvertir paso a pasoComparar instrumentos de inversiónCETESFondos de inversión

Calculadora RESICO 2026

Esta calculadora estima el ISR mensual de una persona física que tributa en el Régimen Simplificado de Confianza por las actividades comprendidas en el artículo 113-E de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Está diseñada para explicar la mecánica básica del pago mensual a partir de ingresos efectivamente cobrados. No determina por sí sola si una persona reúne todos los requisitos para pertenecer al régimen ni calcula otros impuestos.

Cómo leer tu resultado

El resultado representa una estimación del ISR correspondiente a los ingresos de RESICO considerados por la herramienta durante el periodo. La base no se construye como una utilidad obtenida al restar gastos: para esta mecánica se consideran los ingresos efectivamente cobrados que cumplen las condiciones legales, sin incluir el IVA y sin aplicar deducciones al determinar el pago mensual. Si existen retenciones acreditables u otras circunstancias fiscales que la calculadora no solicite expresamente, la cantidad efectivamente enterada puede ser distinta.

Qué significa para ti

La característica central del cálculo mensual de RESICO para personas físicas es que mira principalmente cuánto ingreso elegible fue efectivamente cobrado y documentado, en lugar de calcular primero una utilidad restando gastos. Esto hace que tener facturas emitidas, cobradas o pendientes de pago pueda producir consecuencias diferentes dentro del periodo. El régimen también tiene requisitos de permanencia y obligaciones propias, por lo que obtener una cifra en la calculadora no significa por sí mismo que una persona pueda tributar bajo RESICO.

Cómo se calcula

MiLana toma el importe de los ingresos de las actividades comprendidas en el régimen que hayan sido efectivamente cobrados y estén amparados por los comprobantes fiscales correspondientes. El IVA no se incorpora a la base del ISR y, para el pago mensual regulado por el artículo 113-E, no se restan deducciones. Sobre esa base se aplica la tasa que corresponda conforme a la tabla vigente aplicable al alcance indicado. Cuando existan retenciones de ISR que legalmente puedan acreditarse, estas solo modifican la estimación final si la herramienta las contempla expresamente como dato de entrada.

Supuestos y límites

La calculadora presupone que la persona ya determinó que puede tributar en el Régimen Simplificado de Confianza y que los ingresos capturados corresponden a actividades permitidas dentro del régimen. No verifica automáticamente límites de permanencia, composición de ingresos, características de socios o accionistas, incumplimientos de obligaciones ni otros supuestos que puedan impedir continuar en RESICO. No calcula IVA, no convierte gastos en deducciones para este pago mensual y no sustituye las declaraciones prellenadas ni la información de CFDI disponible para el SAT. Tampoco determina por sí sola el tratamiento de ingresos obtenidos fuera de RESICO.

Fundamento y fuentes

El artículo 113-E de la Ley del Impuesto sobre la Renta regula el Régimen Simplificado de Confianza para las personas físicas que realizan las actividades previstas en esa disposición y cumplen sus requisitos. El propio artículo establece que el pago mensual se determina considerando los ingresos efectivamente cobrados amparados por CFDI, sin incluir el IVA y sin aplicar deducción alguna, mediante la tabla correspondiente. El artículo 113-G establece obligaciones aplicables a quienes tributan en esta sección y el artículo 113-J contempla la retención de ISR en determinados pagos realizados por personas morales a contribuyentes del régimen. El SAT regula además la presentación de los pagos mensuales mediante la Resolución Miscelánea Fiscal y sus reglas vigentes. Las tasas y límites actualizables se mantienen en los datos regulatorios de MiLana y no en este contenido.

Preguntas frecuentes

¿RESICO calcula el ISR sobre mis facturas emitidas o sobre lo que realmente cobré?

La mecánica del artículo 113-E se basa en ingresos efectivamente cobrados que estén amparados por los comprobantes fiscales correspondientes. Por eso una factura emitida pero todavía no cobrada no debe confundirse automáticamente con un ingreso efectivamente percibido para este cálculo.

¿Puedo restar mis gastos antes de aplicar la tasa mensual de RESICO?

No dentro de la mecánica del pago mensual prevista por el artículo 113-E. La base se determina sin aplicar deducciones. Esto es una diferencia importante frente a otros esquemas en los que el impuesto se calcula a partir de una utilidad fiscal.

¿El IVA que cobro forma parte de la base de ISR de esta calculadora?

No. El artículo 113-E señala que el impuesto mensual se determina sobre los ingresos correspondientes sin incluir el IVA. El tratamiento y declaración del IVA son obligaciones distintas y esta calculadora no los determina.

¿La calculadora puede decirme si tengo derecho a permanecer en RESICO?

No. La permanencia depende de cumplir requisitos y obligaciones establecidos en la Ley y demás disposiciones fiscales. La calculadora estima el ISR bajo el supuesto de que la persona ya se encuentra válidamente dentro del régimen.

¿Por qué no aparece una tasa única de RESICO en la explicación?

Porque la tasa aplicable depende del nivel de ingresos considerado por la tabla vigente. MiLana obtiene esa información de sus datos regulatorios para el periodo correspondiente, evitando fijar en el contenido editorial cifras que pueden ser modificadas por disposiciones posteriores.

¿Qué pasa si una persona moral me retuvo ISR por un pago?

La Ley contempla retenciones en determinados pagos efectuados por personas morales a contribuyentes personas físicas de RESICO. Una retención que legalmente resulte acreditable puede modificar la cantidad que finalmente se entera, pero la calculadora solo debe incorporarla cuando ese dato forme parte expresamente del escenario calculado.

¿Puedo tener ingresos por salarios y también estar en RESICO?

La Ley contempla ciertos supuestos en los que pueden coexistir ingresos de RESICO con ingresos de otros capítulos, siempre que se satisfagan las condiciones aplicables. Cada tipo de ingreso conserva su propia mecánica fiscal, por lo que la retención de salarios no debe mezclarse directamente con el cálculo mensual de RESICO.

¿El resultado sustituye la declaración mensual del SAT?

No. Es una estimación explicativa. La declaración oficial puede utilizar información prellenada proveniente de CFDI y otros datos fiscales, y es ese procedimiento oficial el que corresponde para el cumplimiento de la obligación.

Qué revisar después

Consulta también las guías de MiLana.