Saltar al contenido
Mi situación

Buscar en MiLana

Sugerencias para empezar

CalculadorasCarrerasEstadosFinanzasInvertirEconomíaAprendeFiniquitoLiquidaciónAguinaldoISRRESICOPTUBruto a NetoVacacionesInfonavitPensión IMSSCarreras mejor pagadas en México 2026Carreras más demandadas en México 2026: qué sí mide el datoSueldos de profesionistas por estado en México 2026Carreras peor pagadas en México 2026: cómo comparar ingresosComparar carrerasCarrera y ocupaciónFinanzas, banca y segurosMedicinaDiseñoCiencias de la computaciónDerechoContabilidad y fiscalizaciónAdministración y gestión de empresasPsicologíaArquitectura y urbanismoEnfermería y cuidadosConstrucción e ingeniería civilMercadotecnia y publicidadEstado: AguascalientesEstado: Baja CaliforniaEstado: Baja California SurEstado: CampecheEstado: ChiapasEstado: ChihuahuaEstado: Ciudad de MéxicoEstado: CoahuilaEstado: ColimaEstado: DurangoEstado: Estado de MéxicoEstado: GuanajuatoEstado: GuerreroEstado: HidalgoEstado: JaliscoEstado: MichoacánEstado: MorelosEstado: NayaritEstado: Nuevo LeónEstado: OaxacaEstado: PueblaEstado: QuerétaroEstado: Quintana RooEstado: San Luis PotosíEstado: SinaloaEstado: SonoraEstado: TabascoEstado: TamaulipasEstado: TlaxcalaEstado: VeracruzEstado: YucatánEstado: ZacatecasComparar estadosCalculadora de presupuesto mensualCalculadora de fondo de emergenciaDeuda y crédito: cuánto de tu ingreso ya está comprometidoCalculadora de meta de ahorroVivienda: antes de rentar o comprarMi situación financieraInversión educativaInvertir paso a pasoComparar instrumentos de inversiónCETESFondos de inversión

Calculadora de vacaciones 2026

Compara vacaciones y prima vacacional sin mezclar regímenes. La herramienta conserva la escala de Vacaciones Dignas para LFT y añade referencias separadas para servicio público federal sujeto a LFTSE y para plazas SEP federales.

Cómo leer tu resultado

Revisa por separado los días de vacaciones y la prima vacacional. Los días representan tiempo de descanso pagado; la prima es una prestación adicional calculada sobre la remuneración correspondiente a ese periodo. Si ya disfrutaste parte de tus vacaciones, si tu empresa concede más días o una prima superior, o si existen periodos pendientes de años anteriores, el resultado debe compararse con esas circunstancias antes de tomar el total como definitivo.

Qué significa para ti

Las vacaciones no son únicamente una cantidad que se agrega al salario: su función principal es otorgar descanso pagado. Por eso saber cuántos días te corresponden no significa automáticamente que todos deban pagarse en efectivo mientras la relación laboral continúa. La prima vacacional es un concepto distinto que acompaña ese derecho. La antigüedad es especialmente importante porque determina el periodo mínimo de vacaciones que se va generando con los años de servicio.

Cómo se calcula

En LFT, MiLana usa la antigüedad para aplicar la escala legal y una prima mínima de 25%. En el modo LFTSE federal muestra como referencia anual dos periodos de 10 días laborables y una prima de 30% para personal con más de seis meses consecutivos. Para SEP Educación Básica/apoyo utiliza 20 días laborables y una prima de 50% sobre el sueldo base correspondiente; para SEP Educación Media Superior calcula la prima de 60% usando como base salarial 40 días de salario convencional. En este último caso, los 40 días son la base económica de la prima, no una afirmación de 40 días de vacaciones disfrutables.

Supuestos y límites

El modo anual supone que ya cumples la antigüedad necesaria indicada por cada régimen y que el salario o sueldo base capturado es el correcto. No reconstruye incidencias, periodos parciales, vacaciones pendientes de ejercicios anteriores, mejoras contractuales ni condiciones colectivas adicionales. Para servicio público estatal, municipal, universitario o con instituto propio, la herramienta detiene el cálculo porque pueden existir estatutos distintos. El resultado es una referencia informativa y no sustituye la revisión de tu nombramiento o nómina.

Fundamento y fuentes

En LFT, los artículos 76, 78, 79, 80 y 81 regulan duración, disfrute, proporcionalidad y prima vacacional. En LFTSE, el artículo 30 establece dos periodos anuales de 10 días laborables para quienes tienen más de seis meses consecutivos de servicio y el artículo 40 reconoce una prima adicional de 30%. Para SEP federal, el Manual de Normas para la Administración de Recursos Humanos 2025 publica reglas específicas de prima vacacional para Educación Básica/apoyo y Educación Media Superior. MiLana presenta cada régimen por separado.

Preguntas frecuentes

¿Las vacaciones son iguales en empresa privada y en gobierno federal?

No necesariamente. La escala de Vacaciones Dignas corresponde a relaciones sujetas a la LFT. El servicio público federal sujeto a LFTSE y las plazas SEP pueden tener periodos y porcentajes de prima distintos, por eso MiLana pide el régimen antes de calcular.

¿Mi empresa puede darme más días de vacaciones que los que muestra la Ley?

Sí. Los días legales son un mínimo. Un contrato individual, contrato colectivo, convenio o política de la empresa puede reconocer un periodo superior, y en ese caso esa condición debe considerarse al revisar tu situación.

¿Puedo pedir que me paguen las vacaciones en vez de tomarlas?

Mientras continúa la relación laboral, la regla general de la Ley es que las vacaciones deben disfrutarse y no sustituirse por una remuneración. El tratamiento es distinto cuando la relación termina y existe una parte proporcional generada que debe revisarse.

¿Vacaciones y prima vacacional son lo mismo?

No. Las vacaciones son tiempo de descanso pagado y la prima es una prestación adicional. En LFT el mínimo de prima es 25%; en LFTSE federal la referencia es 30%, y SEP publica porcentajes específicos para sus subsistemas. MiLana los muestra separados para evitar confundir días de descanso con la base salarial usada para la prima.

¿Tengo que tomar todos mis días de vacaciones de una sola vez?

La legislación vigente protege un periodo continuo mínimo y permite que la persona trabajadora distribuya el periodo conforme a las reglas del artículo 78. La organización concreta también debe coordinarse dentro de la relación laboral.

¿Cuándo deben concederme las vacaciones después de cumplir otro año de trabajo?

El artículo 81 de la Ley Federal del Trabajo establece que deben concederse dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. La empresa también debe entregar una constancia anual con la antigüedad, el periodo que corresponde y la fecha en que deberá disfrutarse.

¿Qué pasa con mis vacaciones si termino la relación laboral antes de completar otro año?

La Ley contempla una remuneración proporcional al tiempo de servicios cuando la relación termina antes de completar el periodo correspondiente. Ese concepto puede formar parte de lo que deba revisarse en el finiquito.

¿Cómo sé si el resultado ya descontó vacaciones que utilicé anteriormente?

Depende de los datos que hayas capturado y de los campos que contemple la herramienta. Si ya disfrutaste o te pagaron conceptos asociados con un periodo, comprueba que esa información esté reflejada antes de comparar la estimación con lo que aún permanece pendiente.

Qué revisar después

Consulta también las guías de MiLana.